GUIA 02 DE ETICA SEPTIMO: LA PERSONA
NOMBRE Y APELLIDO
_____________________________________________CURSO____
En el lenguaje cotidiano, la palabra persona hace
referencia a un ser racional y consciente de sí mismo, que posee identidad
propia. Una persona es un ser social dotado de sensibilidad, con inteligencia y voluntad propiamente humanas.
Para la psicología, se trata de un individuo humano
concreto (el concepto abarca los aspectos físicos y psíquicos del sujeto que lo
definen por su carácter singular y único).
En el ámbito del derecho, una persona es todo ente
susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. Por eso se habla de
distintos tipos de personas: personas físicas (los seres humanos) y personas de
existencia ideal o jurídica (las sociedades, las corporaciones, el Estado, las
organizaciones sociales, etc.).
Las personas físicas o naturales corresponden a un
concepto jurídico que fue elaborado por los juristas romanos. En la actualidad,
las personas físicas cuentan, por el solo hecho de existir, con diversos
atributos dados por el derecho.
DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA
La Constitución Política Colombiana, de 1991, le da a
toda persona, un conjunto de garantías fundamentales y la acción
correspondiente para hacerla valer, sin importar, nacionalidad, sexo, raza,
condición u origen. El Articulo 2º.- dice que toda persona tiene derecho:
1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica
y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho
en todo cuanto le favorece.
2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser
discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición
económica o de cualquiera otra índole.
3. A la libertad de conciencia y de religión, en forma
individual o asociada.
4. A las libertades de información, opinión, expresión
y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por
cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni
impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley.
5. A solicitar sin expresión de causa la información
que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con
el costo que suponga el pedido.
6. A que los servicios informáticos, computarizados o
no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad
personal y familiar.
7. Al honor y a la buena reputación, a la intimidad
personal y familiar asi como a la voz y a la imagen propias.
8. A la libertad de creación intelectual, artística, técnica
y científica, asi como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto.
9. A la inviolabilidad del domicilio.
10. Al secreto y a la inviolabilidad de sus
comunicaciones y documentos privados.
11. A elegir su lugar de residencia, a transitar por
el territorio nacional y a salir de el y entrar en el, salvo limitaciones por
razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicacion de la ley de extranjería.
12. A reunirse pacíficamente sin armas.
13. A asociarse y a constituir fundaciones y diversas
formas de organización jurídica sin fines de lucro, sin autorización previa y
con arreglo a ley. No pueden ser disueltas por resolución administrativa.
14. A contratar con fines lícitos, siempre que no se
contravengan leyes de orden público.
15. A trabajar libremente, con sujeción a ley.
16. A la propiedad y a la herencia.
17. A participar, en forma individual o asociada, en
la vida política, económica, social y cultural de la Nación.
18. A mantener reserva sobre sus convicciones políticas,
filosóficas, religiosas o de cualquiera otra índole, así como a guardar el
secreto profesional.
elabora una definición de persona
19. A su identidad étnica y cultural. El Estado
reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación. Todo peruano
tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un
interprete. Los extranjeros tienen este mismo derecho cuando son citados por
cualquier autoridad.
20. A formular peticiones, individual o
colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada
a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal,
bajo responsabilidad. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía
Nacional solo pueden ejercer individualmente el derecho de petición.
21. A su nacionalidad. Nadie puede ser despojado de
ella. Tampoco puede ser privado del derecho de obtener o de renovar su
pasaporte dentro o fuera del territorio de la Republica.
22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del
tiempo libre y al descanso, asi como a gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado al desarrollo de su vida.
23. A la legitima defensa.
24. A la libertad y a la seguridad personales.
DEBERES DE LA PERSONA
La paz es un derecho y un deber de obligatorio
cumplimiento. Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes.
Son deberes de la persona y del ciudadano:
Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;
Obrar conforme al principio de solidaridad social,
respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro
la vida o la salud de las personas;
Respetar y apoyar a las autoridades democráticas
legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad
nacionales;
Defender y difundir los derechos humanos como
fundamento de la convivencia pacífica;
Participar en la vida política, cívica y comunitaria
del país;
Propender al logro y mantenimiento de la paz;
Colaborar para el buen funcionamiento de la
administración de la justicia;
Proteger los recursos culturales y naturales del país
y velar por la conservación de un ambiente sano;
Contribuir al financiamiento de los gastos e
inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.
ACTIVIDADES
1. Lee atentamente la presente guía, seleccione las
palabras desconocidas y averigua el significado
3. Luego de leer la guía elabora una definición de
persona.
4. Seleccione los 5 derechos y 5 deberes más
importantes de la persona. Justifica tal elección.
5. Elabore una sopa de letras con la información de la
guía.
6. Prepare su trabajo para compartirlo con las
compañeras.
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